Sábado, 20 de abril de 2024

Bueno (MP2.5 0 – 50 µg/m³)

  • Siga las recomendaciones permanentes para evitar un incremento de la contaminación.





Restricciones Permanentes

  • Se prohíbe la utilización de calefactores a leña en establecimientos comerciales y en dependencias de organismos de la Administración del Estado y municipales. Se entiende por establecimiento comercial aquel establecido con patente comercial.
  • Se prohíbe el uso del fuego para la quema de rastrojos, y de cualquier tipo de vegetación viva o muerta, en los terrenos agrícolas, ganaderos o de aptitud preferentemente forestal.
  • Se prohíbe la quema de neumáticos, hojas secas, ramas y/o todo tipo de residuos al aire libre, en la vía pública o recintos privados. Corresponderá al Cuerpo de Carabineros la denuncia de las infracciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del DS Nº 144 de 1961, del Ministerio de Salud.

Estas medidas se aplicarán en toda la de Coyhaique.

El período de Gestión de Episodios Críticos en esta zona saturada se extiende desde el 1 de abril hasta el 30 de septiembre, incluyendo ambos días..
La condición diaria de calidad del aire, se determina en base al sistema de pronóstico de contaminación atmosférica elaborado por el Ministerio del Medio Ambiente. Este sistema incorpora los datos entregados por las estaciones de monitoreo a lo largo del país y el pronóstico meteorológico de la Dirección Meteorológica de Chile, entre otras variables. En base a lo anterior, la SEREMI del Medio Ambiente, informará diariamente a la Intedencia Regional Regional la evolución de la calidad del aire y de ventilación, para que esta, a través de una resolución, declare la condición de episodio crítico cuando corresponda.

  • Siga las recomendaciones permanentes para evitar un incremento de la contaminación.
  • Siga las recomendaciones permanentes para evitar un incremento de la contaminación.
  • Se prohíbe el uso de más de un artefacto a leña por vivienda durante las 24 horas. Se exceptúan de la prohibición aquellos calefactores que fueron objeto de los programas de recambio implementados o validados por la Seremi del Medio Ambiente y aquellos que acrediten que cumplen con el DS Nº 39, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba la “Norma de emisión de material particulado para los artefactos que combustionen o puedan combustionar leña y pellet de madera”.

Estas medidas se aplicarán en toda la de Coyhaique.

  • Se prohíbe el uso de más de un artefacto a leña por vivienda durante las 24 horas. Se exceptúan de la prohibición aquellos calefactores que fueron objeto de los programas de recambio implementados o validados por la Seremi del Medio Ambiente y aquellos que acrediten que cumplen con el DS Nº 39, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente.
  • Se prohíbe la emisión de humos visibles de artefactos a leña durante las 24 horas. Esta medida se aplicará en las zonas territoriales previamente informadas.
  • Se prohíbe en horario de 18:00 a 06:00 hrs, el funcionamiento de calderas industriales y de calefacción existentes, que presenten emisiones mayores o iguales a 50 mg/m³Nde material particulado. Esta medida se aplicará por zona territorial*. Quedarán exceptuadas todas aquellas calderas que utilicen combustible gaseoso en forma exclusiva y permanente.

* La SEREMI del Medio Ambiente podrá subdividir en zonas territoriales de gestión de episodios la zona del plan.
Estas medidas se aplicarán en toda la de Coyhaique.

  • Se prohíbe el uso de más de un artefacto a leña por vivienda durante las 24 horas. Se exceptúan de la prohibición aquellos calefactores que fueron objeto de los programas de recambio implementados o validados por la Seremi del Medio Ambiente y aquellos que acrediten que cumplen con el DS Nº 39, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente.
  • Se prohíbe la emisión de humos visibles de artefactos a leña durante las 24 horas. Esta medida se aplicará en las zonas territoriales previamente informadas.
  • Se prohíbe las 24 hrs., el funcionamiento de calderas industriales y de calefacción existentes, que presenten emisiones mayores o iguales a 50 mg/m³N de material particulado. Quedarán exceptuadas todas aquellas calderas que utilicen combustible gaseoso en forma exclusiva y permanente.

Estas medidas se aplicarán en toda la de Coyhaique.

Recomendaciones

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