Se prohíbe, en la comuna de Linares el funcionamiento de fuentes fijas comunitarias e industriales que emitan material particulado, así como el funcionamiento de las fuentes fijas particulares que utilicen leña, o dendroenergéticos sólidos, u otro material sólido combustible.
Se prohíbe la emisión de humos visibles por el funcionamiento de fuentes fijas particulares, comunitarias e industriales que utilicen leña u otro dendroenergético sólido, como calefactores, calderas y artefactos residenciales particulares, entre las 18:00 y 23:59 horas.
La autoridad sanitaria podrá prohibir la realización de actividades deportivas masivas, clases de Educación Física en Establecimientos Educacionales de cualquier nivel y actividades físicas al aire libre.
La Alerta Sanitaria en esta zona saturada se extiende desde el 09 de abril hasta el 30 de septiembre, incluyendo ambos días.
La condición diaria de calidad del aire, se determina en base al sistema de pronóstico de contaminación atmosférica elaborado por el Ministerio del Medio Ambiente. Este sistema incorpora los datos entregados por las estaciones de monitoreo a lo largo del país y el pronóstico meteorológico de la Dirección Meteorológica de Chile, entre otras variables. En base a lo anterior, la SEREMI del Medio Ambiente, informará diariamente a la Autoridad Sanitaria Regional la evolución de la calidad del aire y de ventilación, para que esta, a través de una resolución, declare la condición de episodio crítico cuando corresponda.
Se exceptúan de esta prohibición las fuentes fijas que puedan existir en los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores (ELEAM), Establecimientos Educacionales y recintos Asistenciales de Salud ubicados en la comuna de Linares.
Se exceptúan de esta prohibición las fuentes fijas que puedan existir en los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores (ELEAM), Establecimientos Educacionales y recintos Asistenciales de Salud ubicados en la comuna de Linares.
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